Una vez elaborada la orden de comparendo, el presunto infractor cuenta con 5 días para acudir al organismo de tránsito y en caso de reconocer la multa pagar el 50% de la misma para que sea eliminada.
Rechazar la comisión de la infracción.
Dentro de los cinco días siguientes al comparendo, si el ciudadano sabe que no cometió la infracción y tiene cómo probarlo, si el inspector de tránsito encuentra que no se cometió la infracción procederá a exonerar al ciudadano y el comparendo será eliminado.