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Pagar la multa.

Una vez elaborada la orden de comparendo, el presunto infractor cuenta con 5 días para acudir al organismo de tránsito y en caso de reconocer la multa pagar el 50% de la misma para que sea eliminada.

Rechazar la comisión de la infracción.

Dentro de los cinco días siguientes al comparendo, si el ciudadano sabe que no cometió la infracción y tiene cómo probarlo, si el inspector de tránsito encuentra que no se cometió la infracción procederá a exonerar al ciudadano y el comparendo será eliminado.

Prescripción.

Después del paso del tiempo, si el organismo de tránsito no realiza el cobro de manera exitosa, el comparendo o la multa será eliminada.

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